Los agentes que intervendrán en la coordinación de las enseñanzas del Máster son los siguientes:
- La Comisión Académica y la Comisión de Seguimiento del Plan de Estudios
- El Coordinador del Máster
- Los coordinadores de materias
- Los coordinadores de asignaturas
A pesar de que el título se desarrolla en un mismo curso académico, la estructura del título ha conducido a contemplar mecanismos de coordinación vertical del máster, además de la coordinación horizontal.
- COORDINACIÓN VERTICAL
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La coordinación vertical será llevada a cabo por la Comisión de Seguimiento del Plan de Estudios (CSPE), por la Comisión Académica del Máster y por el Coordinador/a del título.
La Comisión de Seguimiento del Plan de Estudios es estatutaria. Serán competencia de estas comisiones las establecidas en el Reglamento General de Actividades Docentes y en el Estatuto de la US, entre otras, velar por la correcta ejecución y el desarrollo coherente de los planes de estudio, mediante: (i) La verificación y control de los proyectos docentes a los que se refiere el artículo 54.2 del EUS; (ii) El cumplimiento de los planes de organización docente por parte de los Departamentos que impartan docencia en el Centro. La CSPE podrá formular acciones de mejora y elevarlas a la Comisión de Garantía de Calidad del Centro. Igualmente, comunicará a la Comisión Académica del título acciones cuya implantación estime necesarias o convenientes para una correcta ejecución y desarrolla del plan de estudios.
Coordinador del Título. Sus funciones están reguladas por la Resolución Rectoral de 14 de octubre de 2019 por la que se crea y define la figura de Coordinador de los títulos universitarios oficiales de Máster de la Universidad de Sevilla y se establecen sus funciones básicas. Será un profesor doctor con vinculación permanente con la Universidad de Sevilla y actuará como coordinador de la asignatura Trabajo Fin de Máster.
La Comisión Académica será un órgano colegiado presidido por la Dirección del Centro, de la que formarán parte el coordinador/a del Máster, los coordinadores de materias y, al menos, un representante del colectivo de estudiantes. Esta Comisión se encargará de la ordenación académica de las enseñanzas y del calendario de las pruebas de evaluación y elevará propuestas al respecto a la Junta de Centro para su aprobación. Será la encargada de coordinar la implementación de acciones de mejora y de resolver o canalizar posibles conflictos. Asimismo, podrá formular propuestas de mejora y elevarlas a la Comisión de Garantía de Calidad del Centro y/o la Comisión de Seguimiento del Plan de Estudios.
- COORDINACIÓN HORIZONTAL
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La coordinación horizontal será llevada a cabo a dos niveles, de materia (coordinadores de materia) y de asignatura (coordinadores de asignatura).
La figura de los coordinadores de asignatura viene regulada en el Reglamento General de Actividades Docentes de la Universidad de Sevilla, en la Sección 4ª del Título III. Planificación y Desarrollo de la Docencia. Sus competencias serán las siguientes:
a) Coordinar los periodos de docencia de cada profesor en el caso de grupos compartidos.
b) Coordinar el desarrollo de los proyectos docentes anuales, la preparación común de los exámenes parciales y finales y la entrega de las actas de cada convocatoria oficial dentro del plazo establecido cuando el acta sea común a todos los grupos de impartición de la asignatura.
c) Actuar como representante de la asignatura ante la comisión de seguimiento del plan de estudios de la titulación y, también, en la elaboración del calendario de exámenes parciales y finales.
d) Cualquiera otra competencia que le otorgue el Reglamento de Funcionamiento del Consejo de Departamento o se contemple en el presente reglamento y sus normas de desarrollo.
Los coordinadores de materia serán designados entre los coordinadores de las asignaturas que la constituyen por la Dirección del Centro. En la medida de lo posible, se harán coincidir con los representantes de Materia que participan como miembros en la CSPE.